Bienvenidos al servicio de elaboración de plan de cierre técnico y/o abandono del proyecto, gestión ante el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) de Guatemala.
Mi objetivo es facilitar el proceso para obtener la respectiva Resolución para proceder a ejecutar planes de cierre técnico y el abandono de proyectos, de acuerdo al Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA).
Este documento detalla las medidas que se implementarán al finalizar la vida útil de un proyecto, con el fin de controlar y/o mitigar los factores que podrían generar impactos ambientales indeseados durante el cierre o abandono. Su objetivo es garantizar una condición ambiental segura a largo plazo.
El cierre del proyecto forma parte final del ciclo del proyecto. Es la última fase o etapa que comprende el desarrollo de un proyecto, obra, industria o actividad.
El cierre o abandono del proyecto aún incluye medidas de control ambiental (medidas de mitigación) para su cumplimiento.
La Licencia Ambiental tendrá que mantenerse vigente al momento del cierre técnico y/o abandono del proyecto.
Los requisitos para hacer un plan de cierre técnico y/o abandono del proyecto son los siguientes:
Tener estos documentos en orden es esencial para el éxito en la elaboración del plan de cierre técnico y/o abandono del proyecto, garantizando el cumplimiento adecuado de los requisitos.
Todo plan de cierre técnico y/o abandono del proyecto, en categorías A, B1, B2 Y C con PGA, debe contener como mínimo la siguiente información:
A parte de ello, se requiere planos, y la consultoría de una empresa consultora o consultor ambiental individual.
Para este servicio, te ofrezco el asesoramiento y la gestión integral para obtener la viabilidad ambiental para el cierre técnico y/o abandono del proyecto. Personalmente, o mi equipo se encargará de guiarte a través de todo el proceso, asegurándote de que tu gestión se realice de manera eficiente y conforme a la normativa ambiental en Guatemala. Contáctame hoy mismo para obtener más información y comenzar con tu proceso de solicitud.
Fuente: Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental │ RECSA │ Legislación Ambiental de Guatemala.