¿Deseas hacer cambios administrativos, actualización o unificación de tus instrumentos ambientales en Guatemala? ¡Estás en el lugar correcto! Cuento con amplia experiencia para hacer los procedimientos que la legislación ambiental de Guatemala te permite.
El proceso de gestión ambiental en proyectos, obras, industrias o actividades requiere una atención constante a posibles cambios y modificaciones que puedan surgir durante su desarrollo.
En este sentido, se establecen disposiciones y procedimientos claros para notificar y gestionar tales cambios, asegurando así la adecuada protección del medio ambiente y el cumplimiento de las regulaciones ambientales.
En consonancia con estas necesidades, el proponente tiene la facultad de solicitar ante la Dirección de Gestión Ambiental y Recursos Naturales (DIGARN) o las delegaciones departamentales correspondientes, una serie de cambios dentro del instrumento ambiental.
Estos cambios pueden abarcar aspectos como el nombre del proyecto, el proponente, el representante legal, la denominación social de la entidad proponente, y el lugar designado para recibir notificaciones.
Es fundamental que estos cambios sean debidamente comunicados y registrados para garantizar la efectividad de las notificaciones y el seguimiento ambiental.
Además, se establecen procedimientos específicos para la modificación del diseño del proyecto, obra, industria o actividad. Antes de implementar cualquier cambio en el diseño original, el proponente debe presentar una propuesta de modificación ante la DIGARN o las delegaciones departamentales, sujeta a un análisis técnico que determinará la viabilidad de la modificación o la necesidad de presentar un nuevo instrumento ambiental.
La actualización de instrumentos ambientales se considera procedente en diversas circunstancias, incluyendo modificaciones en las medidas de control ambiental, acciones derivadas del seguimiento ambiental realizado por el MARN, y procedimientos incidentales por incumplimiento de compromisos ambientales.
La evaluación y aprobación de estas actualizaciones se lleva a cabo por parte de la DIGARN o las delegaciones departamentales, quienes pueden fijar categorías, licencias, compromisos ambientales y medidas de control ambiental según corresponda.
Se contempla la posibilidad de unificar instrumentos ambientales, siempre y cuando la evaluación realizada determine su procedencia. Esta unificación debe ser detallada en una resolución que incluya los aspectos establecidos en el reglamento, así como los contenidos del instrumento ambiental original.
La DIGARN establecerá las directrices pertinentes para resolver los cambios relacionados, garantizando una gestión ambiental eficaz y conforme a la normativa vigente.
Desde la notificación de cambios hasta la unificación de instrumentos ambientales, personalmente y mi equipo de expertos brinda asesoramiento y apoyo en cada etapa del proceso, asegurando una gestión ambiental eficiente y conforme a las normativas vigentes.
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Fuente: Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental │ RECSA │ Legislación Ambiental de Guatemala.