¿Necesitas un diagnóstico ambiental de bajo impacto? ¡Estás en el lugar correcto! Cuento con amplia experiencia para el desarrollo del diagnóstico ambiental de bajo impacto que requiere tu proyecto. A continuación, se presenta lo que es un diagnóstico ambiental de bajo impacto de acuerdo a la legislación ambiental en Guatemala.
El diagnóstico ambiental de bajo impacto, DABI por sus siglas, es el instrumento de evaluación ambiental categorizado como B2 y C, que se efectúa en un proyecto, obra, industria o actividad existente y por ende, los impactos son determinados mediante sistemas de evaluación basados en muestreos y mediciones directas o bien por el uso de sistemas analógicos de comparación con eventos o entidades similares. Su objetivo es determinar las acciones correctivas necesarias para mitigar impactos adversos. El Ministerio mediante una evaluación técnica, podrá determinar la necesidad de incorporar el instrumento ambiental complementario denominado Plan de Gestión Ambiental, a los instrumentos ambientales categoría C, para su correcta evaluación y viabilidad ambiental.
Los requisitos para hacer un diagnóstico ambiental de bajo impacto en categoría B2 y C son los siguientes:
Tener estos documentos en orden es esencial para el éxito en la elaboración del diagnóstico ambiental de bajo impacto en categoría B2 y C del proyecto y garantiza el cumplimiento adecuado de los requisitos.
Todo diagnóstico ambiental de bajo impacto, en categoría B2, debe contener como mínimo la siguiente información:
Todo diagnóstico ambiental de bajo impacto, en categoría C, debe contener como mínimo la siguiente información:
Todo diagnóstico ambiental de bajo impacto, en categoría C con PGA, debe contener como mínimo la siguiente información:
A parte de la información antes indicada, se requiere de un Plan de Gestión Ambiental con el siguiente contenido mínimo:
Estos son los términos de referencia mínimos aplicables para desarrollar un diagnóstico ambiental de bajo impacto en categoría C y B2, con el objeto de corregir y mitigar los impactos generales que el proyecto está generando en la actualidad.
Fuente: Acuerdo Ministerial │ Términos de referencia │ Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental │ RECSA │ Legislación Ambiental de Guatemala.